Micelio
Auto3 de septiembre de 2008

A- de 2008

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Maria Angelica Padilla Rodriguez Vs. Ministerio De Proteccion Social -Grupo Interno De Trabajo Para La Gestion Del Pasivo Social De La Empresa Puertos De Colombia-

Tema · dato duro
Conflicto Negativo De Competencia Suscitado Entre El Tribunal Administrativo Del Magdalena Y La Sala Civil-Familia Del Tribunal Superior De Distrito Judicial De Santa Marta. Ordena Remitir El Expediente Contentivo De La Accion De Tutela Al Tribunal Administrativo Del Magdalena.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Competencia de los Tribunales y Consejos seccionales de la Judicatura
  • Competencia a prevención y libertad para escoger la especialidad del juez competente
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. REMITIR, por intermedio de Secretaria General, el expediente de la referencia al Tribunal Administrativo del Magdalena, para que ejerciendo sus competencias constitucionales y legales, resuelva la accion de tutela de Maria Angelica Padilla Rodriguez contra el Ministerio de Proteccion Social -Coordinacion General del Grupo Interno de Trabajo para la Gestion del Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia.
  2. Segundo. COMUNICAR, por medio de Secretaria General, el presente auto a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santa Marta, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aqui resuelto por la Corte Constitucional. Para el efecto se remitira copia de la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.